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La administración de justicia en el Río de la Plata: agentes, competencias y prácticas (siglos XVII-XIX) | Memoria Americana | 2020
A principios del siglo XIX, y al calor de los primeros movimientos independentistas -en el caso americano- y de la Corte gaditana -para la Península-, comenzaron a definirse con mayor precisión las tareas que correspondían a los tribunales de justicia, deslindándolas expresamente de los actos de gobierno. Se pretendía con ello avanzar contra una de las particularidades más fuertes del régimen que se buscaba superar; esto es: la justicia entendida como tarea de gobierno. No obstante, algunos aspectos de lo que suele llamarse Antiguo Régimen persistirían, tales como: fueros especiales; coexistencia de ordenamientos jurídicos diversos; desigualdad jurídica vinculada a la noción estamental y supuesta calidad innata de las personas; desagregación territorial y discontinuidad impositiva -enraizadas en una cultura jurisdiccional secular-, por señalar solo los pilares más destacados y que mayor resistencia opondrían hasta, al menos, la segunda mitad del siglo XIX. En la práctica, estas características centrales se traducían en un mapa de jurisdicciones superpuestas y configuraciones competenciales concurrentes que ocasionaban conflictos judiciales permanentes y sobre los cuales buscaba imponerse, no siempre con éxito, la preeminencia de la justicia monárquica en todo su orbe jurisdiccional comprendiendo, claro está, el amplio espacio americano.
Durante siglos y en base a un esquema que tenía en su vértice al rey -considerado Vicario de Dios en la tierra para hacer justicia en su nombre-, la administración de justicia se alzaba como eje central y vertebrador del gobierno de la Monarquía. Desde ya que el funcionamiento cotidiano del gobierno, y con él de la justicia, adquirían rasgos particulares en los diversos espacios que coexistían en la amplia jurisdicción de la Monarquía Hispánica, como señoríos -laicos o eclesiásticos-, ciudades, encomiendas, reducciones de indios y un largo etcétera; sin embargo, aun con sus diferencias, en cada uno de de ellos se replicaba un aspecto esencial: la justicia se encontraba ligada al gobierno y, por ende, al poder político. Leia Mais